Accidentes in itinere: ¿Qué rol juega el estado?

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Instituto Universitario de Ciencias de la Salud – Fundación Barceló

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Fil: Pelozzi, Emilio Oscar. Instituto Universitario de Ciencias de la Salud. Fundación Barceló; Argentina.
La ley 24557 llamada también Ley de Riesgo de trabajo, fue sancionada el 13/9/1995, promulgada 3/10/1995 y publicada en el Boletín Oficial, el 4 de octubre del mismo año, con el objetivo de proteger a los trabajadores dentro del ámbito laboral, introdujo importantes modificaciones en la manera de solucionar los problemas surgidos de los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales. Esta ley establece además de la prevención y reparación de daños producto de las enfermedades laborales y los accidentes de trabajo. Como así también las obligaciones de la ART de la atención de los trabajadores o sus derecho habitantes en caso de muerte, todo esto bajo la posible sanción penal en caso de incumplimiento. Las ART (aseguradoras de RIESGO DE TRABAJO) se encuentran obligadas a solucionar/ repara, las contingencias que le ocurrieren a los trabajadores en su lugar de trabajo como así en el trayecto diario de su casa al trabajo o viceversa. En el artículo 6 de la Ley 24557, define claramente a los accidentes de trabajo: “todo acontecimiento súbito y violento ocurrido por el hecho o en ocasión del trabajo, o en el trayecto entre el domicilio del trabajador y el lugar de trabajo, siempre y cuando el damnificado no hubiere interrumpido o alterado dicho trayecto por causas ajenas al trabajo…” Debemos recalcar que a pesar de que no lo enumera debe considerarse de su domicilio al lugar de trabajo y viceversa. Y que los cambios de recorrido deberán ser notificados al empleador para ser considerados como in itinere o tener la cobertura de ley. En este tema es importante remarcar que los empleadores asegurados por las ART, carecen del poder para ejercer el control de los traslados de sus trabajadores y NO pueden realizar ningún tipo de prevención al respecto como así se ve imposibilitada la aseguradora (ART). Es aquí donde se plantea algún punto par a reflexionar, en este trabajo .es aquí donde la cantidad y la gravedad de los accidentes in itinere, merecen ser abordados por todos los estamentos del estado y no solo ser la reparación de la victima la única solución a este problema. Los accidentes in itinere son de igual consecuencia legal que los ocurridos en el ámbito laboral y se deben a la necesidad de desplazarse asía sus lugares de trabajo desde su domicilio o viceversa, contemplando los medios utilizados y las distancias recorridas.

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MEDICINA LEGAL, MEDICINA LEGAL DEL TRABAJO, ACCIDENTES LABORALES

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